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El especismo

El presente artículo, del profesor en filosofía y activista antiespecista Oscar Horta, desarrolla de manera profunda un estricto análisis del concepto de especismo, que devela de manera clara la intrínseca relación de éste con el antropocentrismo, enfatizando la diferencia entre no especismo y antiespecismo, así como sus diferentes dimensiones, en lo concerniente a la consideración y el trato, y las consecuencias en la práctica que esta ideología acarrea para los animales de especies diferentes a la humana.


Un texto fundamental para la comprensión del fenómeno que confrontamos en el camino hacia el fin del especismo.

Especismo Revista Crisálida
Jo-Anne McArthur / We Animals Media
por Oscar Horta | 09 octubre 2022


El concepto de especismo resulta fundamental para analizar y evaluar la consideración moral, social, política y jurídica de los animales no humanos. El especismo consiste en la discriminación de quienes no pertenecen a una cierta especie. El término que lo nombra fue introducido en 1970 por Richard Ryder (2010 [1970]) y es similar a otros comúnmente utilizados para nombrar otras formas de discriminación, como “racismo” y “sexismo”. Las posiciones especistas prevalecen hoy en día: los animales no humanos sufren y mueren actualmente de forma masiva, ya sea por la acción directa de los humanos o por la negativa de estos a ayudarlos, en lo que supone una desconsideración por los intereses de estos animales.


Siendo esto así, el no especismo consistirá en la ausencia de especismo, lo que implica la consideración equitativa de los intereses de los distintos individuos con independencia de la especie a la que pertenezcan. A su vez, el antiespecismo se distingue del no especismo en que consiste en la oposición al especismo.


Una definición más detallada del especismo


Dado que el especismo constituye un caso de discriminación, para entender qué es el especismo es necesario entender primero qué se entiende por discriminación. Hay varios puntos a clarificar sobre esto


La discriminación es un concepto comparativo. Lo que esto quiere decir es que alguien es objeto de una discriminación cuando recibe un trato o una consideración comparativamente desfavorable (Lippert-Rasmussen 2014). No es necesario que alguien sufra un daño de hecho para que sea objeto de una discriminación. Basta con que reciba un trato o consideración peor que el que se da a otros individuos, y que ello sea por un motivo injustificado. Tomemos el ejemplo de alguien que dé dinero a organizaciones que reparten alimentos a gente sin recursos en África y en Europa, pero que done más a las organizaciones que operan en Europa porque crea que las personas con la piel más clara son más importantes que las que tienen la piel más oscura. Esta persona no está dañando a la gente a la que proporciona comida en África. Al revés, les está dando una gran ayuda (sin la cual se encontrarían peor). Pero igualmente las está discriminando de forma racista. Del mismo modo, pensemos en el caso de una persona vegana que se abstenga de dañar a los animales no humanos pero que piense que los intereses de los seres humanos importan más de los de los demás animales. Esta persona, en consecuencia con lo que piensa, ayuda mucho a los seres humanos pero no da la misma ayuda a los animales no humanos en situaciones similares. Aunque esta persona no dañe activamente a los animales no humanos, es especista, pues los discrimina en comparación a los seres humanos.


La discriminación implica alguna clase de falta de justificación. Si alguien recibe un trato desfavorable por razones totalmente justificadas, dicho trato no consistirá necesariamente en un acto de discriminación. Esto puede suceder, por ejemplo, si un estado invierte menos en la prestación de servicios para la gente más rica que en servicios para quienes tienen menos recursos. En un caso así no habría discriminación.


La discriminación puede darse si se trata a alguien peor, pero también si se le da una consideración peor. La consideración consiste en lo que pensamos sobre alguien (y la consideración moral, en lo que pensamos sobre cómo debemos tener en cuenta sus intereses). Los casos de discriminación más claros son aquellos en los que se trata de hecho peor a alguien. Pero imaginemos que alguien quisiese que se tratase a ciertos individuos peor que a otros sin un motivo justificado. Simplemente, por desprecio, o porque cree que no merecen la misma atención. Supongamos que esta persona nunca llega a tratar a esos individuos peor, aunque querría hacerlo. Este sería también un caso de discriminación, en el que esta persona considera peor a los individuos a los que discrimina. Esto ejemplifica que podemos discriminar a alguien tanto en el trato como en la consideración que le damos.


Visto en lo que consiste la discriminación, podemos ahora concluir que el especismo consiste en la consideración o trato desfavorable injustificado de los seres que no pertenecen, o no son clasificados como pertenecientes, a una determinada especie (o grupo de especies) (Horta 2020 [2010]; Albersmeier 2021). A continuación veremos algunas aclaraciones con respecto a lo que implica esta definición.


La definición del especismo puede reforzarse con la crítica al concepto de especie, aunque no la requiere. A veces se ha señalado que el concepto de especie es en sí mismo problemático y muy difícil de definir. Se ha indicado en ocasiones que puede considerarse como una construcción (Dupré 2002). Si esta crítica resulta acertada, las actitudes especistas podrán ser rechazadas por no tener un sustento biológico sólido. De todos modos, esta crítica no es necesaria para rechazar el especismo: la definición de especismo puede permanecer neutral acerca de esta cuestión. Del mismo modo, el rechazo del especismo es compatible tanto con la aceptación como con el rechazo de la tesis según la cual las especies constituyen tipos naturales.


El especismo no es lo mismo que la misotería. Se ha llamado misotería a la actitud de odio o aversión hacia los animales no humanos (Mason 2009). Alguien que tenga una actitud así hacia los animales no humanos, pero no hacia los seres humanos, será especista. Pero se puede ser especista sin sentir ninguna hostilidad hacia ellos, simplemente dando menos importancia a los intereses de los animales no humanos que a los de los seres humanos. Este es, de hecho, el tipo de actitud que muestran muchas personas.


El especismo es un fenómeno con muchas dimensiones. También es importante señalar que una discriminación como el especismo no se manifiesta solamente a nivel de las actitudes y de las conductas individuales. El especismo es por una parte la idea de que debemos tratar desfavorablemente a ciertos animales, así como el deseo y la intención de hacerlo, las acciones causadas por tal intención y la disposición psicológica que nos mueve a ello (Caviola et al. 2019). Y también es una ideología que puede llevarnos a pensar de ese modo. Además, el especismo es un fenómeno colectivo. La institucionalización socioeconómica, política y jurídica de las prácticas especistas que se producen hoy en día (que a su vez fomenta que la gente tenga actitudes especistas) debe considerarse también como otra cara más del especismo (Horta 2019). De este modo, la explotación actual de los animales no humanos como recursos y la ausencia de instituciones que les den ayuda en circunstancias en las que los humanos sí serían asistidos son, por tanto, casos de especismo colectivo y sistémico.


El especismo antropocéntrico es solamente uno de los tipos de especismo. La forma más común de especismo es la que discrimina a todos los animales no humanos frente a los humanos, constituyendo así una forma de discriminación que podemos denominar especismo antropocéntrico (veremos más sobre esto más adelante). Sin embargo, toda forma de discriminación contra quienes no pertenecen a una determinada especie es especista (Dunayer 2004). Así, también es especista, por ejemplo, discriminar a los cerdos, pollos y peces en comparación con los perros y gatos; o a los roedores y pulpos en comparación con los pandas y las ballenas azules. La discriminación de los animales pequeños en comparación con los grandes –una forma de discriminación que ha sido denominada “tamañismo” (Morton 2009) también puede considerarse una forma de especismo.


En realidad, la mayoría de la gente mantiene varias posturas especistas al mismo tiempo. Así, es muy habitual que una persona discrimine a ciertos animales no humanos en comparación con otros en distintos modos, a la vez que los discrimina a todos ellos en comparación con los seres humanos. Así, hay animales especialmente discriminados por el especismo, en particular, los invertebrados y otros animales de tamaño pequeño, que a menudo sufren varios tipos de discriminaciones especistas a la vez (Villamor Iglesias 2021; Invertebrate Welfare 2022).


Antropocentrismo y especismo


El antropocentrismo puede definirse como el trato o la consideración desfavorable de quienes no son seres no humanos. Es habitual que esto se interprete indicando que el antropocentrismo es la posición que favorece a los miembros de la especie Homo sapiens. Sin embargo, en rigor, la palabra “humano” no denota solamente a esa especie. Nombra más bien al conjunto del género humano, Homo, al que pertenecieron en el pasado otras especies, como Homo erectus u Homo habilis, entre otras. (Sobre esto cabe apuntar que, si esos humanos no Homo sapiens no se hubiesen extinguido, seguramente habría muchas personas especistas que los discriminarían. Por ello, probablemente sería más exacto describir las actitudes de muchas personas como “Homo sapiens-céntricas”, más que como antropocéntricas).


Como hemos visto arriba, quienes criticamos el especismo afirmamos que la mayoría de las personas son especistas hacia los animales no humanos. Sin embargo, quienes defienden posiciones antropocéntricas han argumentado que la consideración desfavorable de los animales no humanos sí que está justificada. Si esto fuese correcto, el antropocentrismo no sería un caso de especismo (ya que, como hemos visto arriba, para que un trato o consideración desfavorable sea especista, ha de carecer de justificación). Hay varios caminos que se pueden tomar para apoyar esta idea:


Posiciones definicionales. Hay quienes afirman que los intereses de los seres humanos deben ser prioritarios (o que lo deben ser para los demás seres humanos) por definición, aunque no haya ningún otro argumento adicional que apoye tal idea (Diamond 1978; Williams 2006).


Posiciones no definicionales. Conforme a otras posiciones, lo que sucede es que los seres humanos poseen ciertos atributos que supuestamente justificarían darles prioridad sobre el resto. Estos atributos pueden ser de distintos tipos:


Capacidades cuya posesión puede comprobarse. Algunos de estos atributos corresponden a características individuales cuya posesión puede verificarse empíricamente. Son lo que se conoce como atributos intrínsecos. Los atributos a los que se suele aludir en este contexto son las capacidades cognitivas, u otras relacionadas con éstas (Descartes 2018; Leahy 1991).


Relaciones cuya posesión puede comprobarse. Otros atributos son de tipo extrínseco. Estos no son características que los individuos poseen por sí mismos, sino que consisten en relaciones cuya posesión también se puede verificar empíricamente. Como ejemplo, podemos señalar la simpatía o las relaciones de poder (Narveson 1977; Becker 1983).


Atributos que no pueden ser corroborados. En otros casos, se defiende que los seres humanos (y solamente ellos) poseen ciertos atributos cuya posesión no puede verificarse o falsificarse de ninguna manera. Estos pueden ser ciertas características, como la supuesta posesión de un estatus superior. O pueden ser relaciones, como por ejemplo la posesión de un vínculo privilegiado con alguna deidad (Aristóteles 2016, cap. IV; Reichmann 2000). Tales atributos serían independientes de las capacidades o relaciones realmente observables que pueden tener los seres humanos.


Combinaciones que incluyan dos o más de los criterios anteriores. Por último, también se han considerado combinaciones de atributos. Así, hay quienes han sostenido, por ejemplo, que para que se nos dé una consideración plena debemos poseer alguna capacidad específica o, si no, estar en una determinada relación (Scanlon 1998). Otros autores, en cambio, afirman que lo que importa es poseer una determinada relación con seres dotados de capacidades específicas –defendiendo, por ejemplo, que se dé plena consideración a todos los miembros de la especie en la que haya individuos con ciertas capacidades intelectuales (Cohen 1986; Schmidtz 1998; Kagan 2019)–. Otros afirman que lo que importa es que podamos tener la capacidad de establecer una determinada relación –como, por ejemplo, la capacidad de tener vínculos sociales colaborativos fuertes (Goldman 2001)–.


Si cualquiera de estas posiciones resultara ser correcta, no sería especista dar prioridad a los seres humanos y no tener en cuenta a los demás seres sintientes. Sin embargo, se han presentado varios contraargumentos contra tales posturas antropocéntricas:


Argumentación circular. Los criterios cuyo cumplimiento no se puede comprobar, o que son meramente definicionales, no resultan sólidos. Las opiniones que recurren a ellos no pueden estar justificadas de forma adecuada. En realidad, lo que hacen es asumir ya en sus premisas la conclusión que buscan demostrar (Singer 2018 [1975]; Ética Animal 2020). Por ello, no pueden demostrar que esta sea correcta.


Superposición de especies. Hay otro problema que se ha discutido en la literatura, que afecta a las posiciones cuyos criterios sí pueden comprobarse. Este consiste en que no existe ningún criterio (no definicional), que cumplan todos los seres humanos y que no cumplan los demás animales. No todos los humanos tienen capacidades intelectuales complejas (algunos humanos tienen capacidades cognitivas menos sofisticadas que algunos animales no humanos). No tenemos relaciones de simpatía con todos los seres humanos. Y muchos seres humanos se encuentran en situaciones de debilidad, en las que no tienen poder, y están a merced de la voluntad de otros. Esto significa que estos criterios no trazan una línea divisoria entre todos los seres humanos y los animales no humanos.


Asimismo, esto también implica que, si admitimos que todos los seres humanos deben ser respetados, estos criterios no pueden ser aceptados. La consecuencia de ello es que estos criterios no pueden justificar tampoco la desconsideración de los animales no humanos frente a los humanos (Pluhar 1995).


Este es el argumento de la superposición de especies. Este también ha sido llamado a menudo “argumento de los casos marginales” (Narveson 1977). Sin embargo, esta designación ha sido criticada por su inadecuación, ya que la ausencia de ciertas capacidades o relaciones no convierte a un determinado individuo en marginal dentro de su especie (Horta 2010).


Imparcialidad. Según otro argumento, que podríamos llamar el argumento de la imparcialidad, las defensas de la prioridad de los intereses humanos son injustas porque son parciales. Si fuéramos capaces de pensar imparcialmente sobre esta cuestión, no las aceptaríamos. Esto lo podemos ver con un par de experimentos mentales. Supongamos, por ejemplo, que antes de nacer no supiésemos si fuésemos a ser seres humanos u otros animales (teniendo en cuenta que la probabilidad de nacer como un animal no humano es mucho mayor que la de nacer como un ser humano, dado que hay muchos más animales no humanos que humanos). O supongamos que tuviésemos que vivir la vida de todos los animales, humanos y no humanos, una tras otra. Imaginemos ahora que pudiésemos elegir qué mundo preferiríamos: uno en el que los seres humanos adoptan perspectivas antropocéntricas o uno en el que las rechazan. Parece que nadie que pensase honestamente concluiría que el primero de estos sería preferible al segundo (VanDeVeer 1979; Rowlands 2016).


Relevancia. Otro argumento se basa en la idea de que nuestras decisiones deben tomarse de acuerdo a lo que resulta relevante para aquello sobre lo que tratan tales decisiones. Esta idea, la de la importancia que tiene la relevancia, parece ser muy intuitiva.


Pues bien, ¿en qué consisten las decisiones sobre la consideración moral que se debe otorgar a alguien? En si esa entidad se va a ver afectada positiva o negativamente por nuestras acciones u omisiones. Teniendo esto en cuenta, ¿qué criterio podemos aceptar a la hora de decidir qué entidades son consideradas moralmente? Pues bien, si nos guiamos por la idea de la relevancia, parece que ese debe ser el mismo criterio que hace posible que dichas entidades se vean afectadas positiva o negativamente por nuestras acciones u omisiones. Y ese criterio consiste en la sintiencia (Bernstein 1998; 2015; Cunha 2021). Esto implica que la sintiencia debería ser el criterio relevante –suficiente y necesario– para tener a alguien en cuenta (Singer 2018 [1975]; Sapontzis 1987). A este argumento podemos darle el nombre de “argumento de la relevancia” (Horta 2020 [2010]).


Si estos argumentos son correctos, los intentos de justificar la consideración desfavorable de los animales no humanos se desmoronan. Esto supone que las actitudes que se mantienen habitualmente hacia los animales no humanos son en realidad especistas. Además, estos argumentos nos dan razones a favor del criterio de la sintiencia. Este llevaría a dar consideración moral no a todos los organismos biológicos clasificados como animales, sino a todos los animales sintientes. Así, este criterio no habría sido diseñado arbitrariamente para conceder consideración moral a los animales. Más bien, este criterio incluiría a los animales que tenemos argumentos convincentes para considerar sintientes, que son una grandísima parte de ellos (Gregory 2004; Broom 2014) –incluyendo tanto a los vertebrados como a muchos invertebrados (Mather 2001; Knutsson 2015, Villamor Iglesias 2021)–. En cambio, excluiría a aquellos que no poseen la fisiología necesaria para ser sintientes (como las esponjas, que carecen de sistema nervioso). También implicaría que, si en el futuro existieran otros seres sintientes, dichas entidades tendrían que ser consideradas igualmente desde una perspectiva moral (Ética Animal 2019). Esto incluiría a nuevas especies de animales creados genéticamente, pero también a posibles entidades conscientes artificiales (Harris & Reese Anthis 2021). Esto supone que se debería prevenir que en el futuro tales seres puedan existir y ser dañados (Baumann 2017; Althaus & Gloor 2019 [2016]; Vinding 2020).


Es importante señalar, asimismo, que quien considera a los animales no humanos de forma desfavorable, no en base a su especie, sino en la medida en que carecen de ciertas capacidades intelectuales o similares, sigue siendo especista. Esto se puede entender si consideramos el caso de las discriminaciones entre seres humanos. Imaginemos a alguien sexista que discrimine a las mujeres diciendo, por ejemplo, que no tienen la misma fuerza física que los varones. Esta persona sería claramente sexista, al igual que quien discrimina a las mujeres simplemente por su sexo. Lo mismo ocurre con el especismo (Albersmeier 2021). Si alguien negase esto en el caso del especismo estaría sosteniendo un criterio más estricto para considerar que una posición es especista del sostenido en el caso de discriminaciones que afectan en exclusiva a los seres humanos. Y esto sería, a su vez, especista.


Por último, son igualmente especistas los puntos de vista que abogan indirectamente por la protección de los animales no humanos únicamente porque ello presumiblemente beneficiaría a los humanos (Kant 1991: 443; Wilson 2002). En última instancia, estas posiciones no conceden realmente consideración moral a los animales no humanos, sino solamente a los seres humanos.


El especismo en la práctica


El especismo implica que los animales no humanos son dañados de diferentes maneras. Por ejemplo, se utilizan masivamente como recursos para la producción de una serie de productos y servicios animales (Singer 2018 [1975]; Francione 2000). El daño al que se somete a los animales debido a estas actividades es evidente. Se les causan sufrimientos a menudo intensísimos y muy prolongados lo cual supone un daño inmenso (Vinding 2020; Rozas et al. 2021). Además, en muchos casos, son matados. Esto último también constituye en sí mismo un daño en la medida en que les priva de cualquier experiencia positiva futura (Cavalieri 2001; McMahan 2008). El número de vertebrados explotados de esta forma se ha estimado que podría ser de en torno a dos billones, y el de invertebrados podría ser de varios billones, o incluso mucho mayor (Ética Animal 2016; Horta 2022 [2017]; Invertebrate Welfare 2022). Esta es una cifra varios órdenes de magnitud superior al número de humanos existentes. Y dicho número se podrá incrementar aún más en el futuro a medida que se desarrollen nuevas formas de causar un daño extenso y significativo a los seres sintientes a los que no se concede consideración moral en nombre del interés humano (Baumann 2017; Ética Animal 2019).


Tales daños superan significativamente a los beneficios que los seres humanos obtienen de ellos (Gompertz 1997). De hecho, muchas personas considerarían inaceptables estos efectos si afectaran a los seres humanos (sin tener en cuenta siquiera el peso de los beneficios; véase Regan 2004). Así, debería quedar claro que las perspectivas que son totalmente indiferentes a estos efectos negativos son especistas. Sin embargo, hay otras posturas que aceptan el uso dañino de los animales no humanos como recursos, siempre que se reduzca de alguna manera el daño al que están expuestos (cf. Francione 2000; Haynes 2008; Rozas et al. 2021). No obstante, mientras estas posturas rechacen el uso perjudicial análogo de los humanos, siguen representando opiniones especistas. Cabe recordar que el especismo es compatible con cualquier perspectiva que conceda alguna dimensión de respeto a los animales no humanos, siempre que asigne a estos animales un valor inferior al atribuido a los seres humanos (Zamir 2005).


Las opiniones que se oponen a la explotación de los animales como recursos defienden una postura conocida como veganismo. El veganismo es la posición consistente en evitar dañar a los animales, ya sea directamente (por ejemplo, a través de la caza o la pesca) o indirectamente a través del consumo de productos y servicios animales (como sucede, sobre todo, con el uso de animales en la producción de comida y de ropa) (Vegan Society, s.f.; Francione 2000; Bruers 2015; Horta 2022 [2017]). Aunque el veganismo es una de las posturas que se derivan del rechazo al especismo, una persona puede ser vegana sin rechazar el especismo, como hemos visto arriba. Hay quienes consideran injustificado dañar a los animales no humanos para nuestro propio beneficio, pero piensan que los intereses de estos animales no merecen el mismo nivel de consideración que los de los humanos.


Además, el especismo también hace que los animales no humanos sufran un daño importante al conllevar que no sean ayudados en determinadas situaciones en las que sin duda estaríamos dispuestos a ayudarlos si fueran seres humanos. Esto se muestra en particular en el hecho de que el activismo en defensa de los animales recibe unos apoyos muy inferiores a los que se da a la defensa de los seres humanos. El antiespecismo, al implicar el rechazo por el especismo, no puede aceptar tal desatención por los animales en comparación con las reivindicaciones humanas.


También es una muestra de este problema el poco apoyo que se da a quienes ayudan a los animales abandonados. Y otro claro ejemplo de esto es la escasa preocupación por los animales que no viven en cautividad (sea en entornos urbanos, industriales, agrícolas, salvajes, acuáticos, o de otro tipo). Esta actitud se asocia a menudo con la idea de que los animales de la naturaleza deben sufrir y morir para cumplir ciertos fines medioambientales (Sagoff 1984; Shelton 2004). No se aboga por medidas similares en el caso de los humanos. Esta consideración desfavorable de los animales afectados por estas medidas constituye así un nuevo ejemplo de especismo.


Esto, a su vez, revela la existencia de una tensión entre las opiniones ecologistas y las que defienden la consideración moral debida a los seres sintientes (Faria 2014; Dorado 2015): Mientras que las primeras se centran en entidades como los ecosistemas, los entornos o las especies, las segundas se centran en los intereses de los animales individuales como poseedores de intereses.


Los animales silvestres sufren y mueren sistemáticamente en masa no solo por razones antropogénicas, sino también por causas naturales, que pueden ser igualmente perjudiciales (Cunha & Garmendia 2013; Ética Animal 2020). De hecho, en gran parte de los casos son dañados por una combinación de ambas. Estas causas incluyen, por ejemplo, fenómenos como las condiciones meteorológicas, el hambre, la desnutrición y la sed, las enfermedades y el parasitismo, los conflictos con otros animales o los accidentes, entre otros (Ética Animal 2020; Horta 2022 [2017]). La magnitud de los daños que padecen se pone de manifiesto si consideramos que la gran mayoría muere muy joven, a menudo padeciendo grandes cantidades de sufrimiento (Tomasik 2010 [2009]; Hecht 2021). Su número, además, no es solamente muy superior al de los seres humanos, sino también al de los animales explotados, pudiendo superar el trillón (Tomasik 2015b [2009]). Sin embargo, sería posible ayudar a muchos de estos animales. De hecho, actualmente hay varias formas en las que esto se lleva a cabo, como los rescates de animales atrapados o en situación de necesidad, la construcción de refugios y madrigueras para animales vulnerables, la creación de hospitales para animales heridos, enfermos o huérfanos o los programas de nutrición y vacunación (Faria próxima publicación; Johanssen 2020).


Dar consideración moral a los animales no humanos implica, pues, apoyar acciones como estas en su favor, y promover que se estudie en mayor profundidad cómo desarrollar más y mejores formas de ayudar a estos animales (Nussbaum 2006; Faria & Páez 2015; Ética Animal 2020). En este contexto, se ha propuesto la creación de un nuevo campo de trabajo interdisciplinar en biología, con el objetivo de mejorar nuestro conocimiento sobre el daño natural que sufren los animales, así como las formas de mitigar ese daño (Ng 1995; Faria & Horta 2019; Soryl et al. 2021).

 

Una versión anterior de este artículo apareció publicada en 2021 en portugués, con la siguiente referencia: “Especismo”, en Marques, A. & Santos Campos, A. (coords.) Dicionário de Filosofia Moral e Política, Instituto de Filosofia da Nova, Lisboa, http://www.dicionariofmp-ifilnova.pt/especismo. La versión presente ha sido revisada y expandida, y sus referencias actualizadas. Una parte de lo expuesto en este artículo se desarrolla en más detalle en Horta, O. & Albersmeier, F. (2020), “Defining Speciesism”, Philosophy Compass 15/11, pp. 1-9.

 

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Oscar Horta

Activista antiespecista y por el veganismo desde los 90, y miembro de la organización internacional Ética Animal. También es profesor de filosofía moral en la Universidad de Santiago de Compostela, y ha sido investigador visitante en universidades de varios países. Es autor del libro Un paso adelante en defensa de los animales, y de un gran número de artículos sobre esta cuestión. Lleva el blog Ética más allá de la especie.


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